Leyes contra la discriminación laboral en el estado y la ciudad de Nueva York

Entienda sus derechos según las leyes federales, estatales y locales

Nueva York ofrece algunas de las protecciones contra la discriminación laboral más completas de Estados Unidos. Gracias a las leyes federales, estatales y municipales, tanto empleados como solicitantes de empleo cuentan con amplias garantías legales contra la discriminación en el lugar de trabajo.

Comprender estas leyes es fundamental para reconocer cuándo se han violado sus derechos y para saber qué protecciones tiene a su disposición.

Si ha sufrido discriminación en el lugar de trabajo u otro trato injusto basado en una característica protegida, llame hoy a Phillips & Associates al (866) 229-9441 para una consulta gratis.

La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York (NYCHRL)

La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York es ampliamente considerada una de las leyes más protectoras contra la discriminación laboral en el país. Esta legislación pionera va mucho más allá de las protecciones federales y se aplica a los pequeños empleadores en toda la ciudad de Nueva York.

Características protegidas

La NYCHRL protege las siguientes características:

  • Edad
  • Estatus de extranjero o ciudadanía
  • Antecedentes penales o condenas
  • Color de piel
  • Condición de cuidador/a
  • Discapacidad
  • Historial crediticio
  • Género
  • Identidad y expresión de género
  • Estado civil
  • Origen nacional
  • Embarazo
  • Religión o credo
  • Historial salarial
  • Orientación sexual
  • Condición de víctima de violencia doméstica
  • Estado de desempleo
  • Condición de veterano/a o miembro de las fuerzas armadas

Disposiciones clave de la NYCHRL

  • Cobertura para empleadores: la ley se aplica a empleadores con cuatro o más empleados, lo que la hace más inclusiva que las leyes federales que generalmente requieren entre 15 y 20 empleados.
  • Protección contra represalias: es ilegal que los empleadores tomen represalias contra los empleados que presenten quejas, se opongan a prácticas ilegales o participen en procedimientos o investigaciones por discriminación.
  • Igualdad de términos y condiciones: los empleadores no pueden discriminar en la remuneración, los programas de capacitación ni otros términos, condiciones o privilegios de empleo por motivos de características protegidas.
  • Restricciones en la publicación de anuncios de empleo: los empleadores no pueden publicar ni distribuir anuncios de empleo que restrinjan a los solicitantes por motivos de categorías protegidas, a menos que se basen en una cualificación profesional legítima.

Normas especiales para antecedentes penales

La NYCHRL incluye protecciones específicas para personas con antecedentes penales:

  • Los empleadores no pueden negarse a contratar a alguien únicamente por sus antecedentes penales o condenas, a menos que dicha condena esté directamente relacionada con las funciones del puesto o represente un riesgo irrazonable para las personas o la propiedad.
  • Los empleadores pueden preguntar sobre condenas penales existentes, pero no pueden indagar sobre arrestos resueltos a favor del solicitante, casos desestimados, procesamientos rechazados o resoluciones judiciales como delincuente juvenil.

Adaptaciones razonables

La Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de Nueva York exige que los empleadores proporcionen adaptaciones razonables, a menos que hacerlo suponga una dificultad excesiva. A diferencia de la ley federal, la ley de la ciudad de Nueva York define la dificultad excesiva como aquella que requiere "un gasto o una dificultad significativos", un estándar mucho más alto que el estándar federal de "más que un costo mínimo".

Deben proporcionarse adaptaciones razonables para:

  • Discapacidades o limitaciones (físicas, médicas, mentales o psicológicas).
  • Embarazo, parto, recuperación posparto y afecciones médicas relacionadas.
  • Prácticas y observancias religiosas.
  • Víctimas de violencia doméstica, violencia sexual o acoso.

¿Siguen aplicándose las leyes federales contra la discriminación?

Las leyes federales contra la discriminación laboral también podrían aplicarse a su situación, pero por lo general solo se aplican a los empleados de compañías u organizaciones medianas o grandes.

En la mayoría de los casos, las soluciones previstas por la ley de la ciudad de Nueva York son las más favorables para los empleados, pero puede haber circunstancias en las que la ley federal ofrezca una solución mejor.

Debería consultar con un abogado sobre los detalles de su situación.

La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York (NYSHRL)

La Ley de Derechos Humanos del Estado de Nueva York ofrece protecciones adicionales que a menudo superan los estándares federales y se aplican a los empleadores con cuatro o más empleados en todo el estado.

Clases protegidas

La NYSHRL prohíbe la discriminación basada en:

  • Edad (40 años o más)
  • Credo o religión
  • Color
  • Origen nacional
  • Orientación sexual
  • Identidad o expresión de género
  • Estatus militar
  • Sexo
  • Estado civil
  • Discapacidad
  • Embarazo
  • Características genéticas predisponentes
  • Antecedentes penales o de arresto
  • Condición de víctima de violencia doméstica

Características clave de la ley estatal

  • Definición más amplia de discapacidad: la ley del estado de Nueva York tiene una definición de discapacidad más inclusiva que la ley federal, abarcando condiciones que podrían no estar contempladas en la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA).
  • Protección contra antecedentes penales: la ley estatal prohíbe la discriminación por antecedentes penales, a menos que la contratación represente un riesgo para la propiedad o la seguridad, o que la condena afecte directamente a la capacidad para desempeñar el trabajo.
  • Discriminación por edad: protege a los trabajadores de 40 años o más en compañías con menos de 20 empleados, ampliando la cobertura de la ADEA federal.

Leyes federales contra la discriminación laboral

Si bien las leyes estatales y locales de Nueva York suelen ofrecer una protección superior, las leyes federales establecen protecciones básicas que se aplican en todo el país.

Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964

  • Cobertura: empleadores con 15 o más empleados.
  • Grupos protegidos: raza, color, religión, sexo, origen nacional.
  • Disposiciones clave: prohíbe la discriminación en la contratación, el despido, los ascensos, la remuneración y otras condiciones laborales.

Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA)

  • Cobertura: empleadores con 15 o más empleados.
  • Grupo protegido: personas con discapacidad.
  • Requisitos: prohíbe la discriminación y exige adaptaciones razonables para personas con discapacidad elegibles.

Ley contra la discriminación por edad en el empleo (ADEA)

  • Cobertura: empleadores con 20 o más empleados.
  • Grupo protegido: personas de 40 años o más.
  • Alcance: prohíbe la discriminación por edad en las decisiones laborales.

Ley de Igualdad Salarial

  • Cobertura: la mayoría de los empleadores, independientemente de su tamaño.
  • Protección: exige el mismo salario por el mismo trabajo, independientemente del sexo.
  • Alcance: prohíbe la discriminación salarial por razón de sexo para trabajos sustancialmente similares.
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